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Algunos aspectos jurídicos del conflicto armado en Oriente Medio*

Published online by Cambridge University Press:  29 January 2010

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El conflicto actual es, sin duda, un conflicto armado internacional, como se define en el artículo 2 común a los Convenios de Ginebra del 12 de agostode 1949.

El hecho de que la acción militar haya sido autorizada mediante la Resolución 678 del Consejo de Seguridad no influye para nada en esta definición ni en la aplicación del derecho de los conflictos armados.

La ausencia de una declaración de guerra formal no altera, en absoluto, la definición del conflicto. Por ello, es importante señalar que, en el artículo 2 común a los cuatro Convenios, se estipula que «el presente Convenio se aplicará, en caso de guerra declarada o de cualquier otro conflicto armado que surja entre dos o varias de las Altas Partes Contratantes, aunque una de ellas no haya reconocido el estado de guerra».

El hecho de que las hostilidades actuales sean definidas como un conflicto armado internacional no ha sido impugnado por ninguna de las Partes contendientes.

Type
Comité Internacional de la Cruz Roja
Copyright
Copyright © International Committee of the Red Cross 1991

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References

* El presente texto, rcdactado tras solicitud de varias Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, reunidas, el 21 de enero de 1991, en Ginebra, es un primer análisis de algunos aspectos jurfdicos del conflicto armado en Oriente Medio; no es la posición official del CICR.